Federación internacional del automóvil (FIA) y el CDI
En el Art. 1 del CDI encontramos la siguiente definición sobre la Federación Internacional del Automóvil:
“La Federación Internacional del Automóvil, denominada en adelante la FIA, es el único poder deportivo internacional cualificado para establecer y hacer aplicar los reglamentos basados en los principios fundamentales de la seguridad y la equidad deportiva, destinados a promocionar y a regir las competiciones y los récords automovilísticos, y organizar los Campeonatos Internacionales de la FIA; es el tribunal internacional de última instancia encargado de juzgar las diferencias que puedan surgir con ocasión de su aplicación, admitiéndose que la Federación Internacional Motociclista ejercerá los mismos poderes en lo que concierne a los vehículos automóviles de una, dos y tres ruedas.